Desde cuándo
Según el Real Decreto-ley 15/2025, los autónomos y profesionales deben emitir sus facturas con un programa adaptado desde el 1 de julio de 2027, seis meses después que las sociedades. El Ministerio de Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que prevé aplazar esa fecha a octubre de 2028; el cambio no está publicado en el BOE a 31 de octubre de 2026, así que la fecha que vale es la de 2027. Detalle del calendario.
A qué autónomos afecta
A todos los que tributan en el IRPF por una actividad económica y emiten facturas con un programa informático: estimación directa, módulos, profesionales con retención, autónomos societarios por las facturas que emitan a título personal. Da igual el volumen de facturación. No afecta:
- A quien hace las facturas a mano, en una plantilla o con una hoja de cálculo sin funciones de facturación. La obligación es del programa, no de la persona.
- A quien no expide facturas porque la ley no se lo exige (ventas a particulares en determinados regímenes).
- A quien está en el SII, poco habitual en autónomos.
- A los autónomos del País Vasco (TicketBAI) y de Navarra (normativa foral).
Qué cuesta cumplirlo
Para un autónomo que emite hasta 50 facturas al año, el plan más barato de cada programa:
| Programa | Plan | Al mes | Al año | Prueba gratis | |
|---|---|---|---|---|---|
| Básico60 facturas al año, 1 usuario | 4,99 €pago anual | 59,88 €con IVA 72,45 € | 15 días | Ver precios | |
| Básicofacturas ilimitadas, 1 usuario | 6,60 €pago anual | 80 €con IVA 96,80 € | 30 días sin tarjeta | Ver precios | |
| Profesional500 documentos al año, 1 usuario | 10,95 €pago anual | 131,40 €con IVA 158,99 € | 30 días del plan Ultimate | Ver precios | |
| Starterfacturas ilimitadas, 1 usuario | 14 €pago anual | 168 €con IVA 203,28 € | 15 días sin tarjeta | Ver precios | |
| Plus250 facturas al año, 1 usuario | 15 €pago mensual | 180 €con IVA 217,80 € | 14 días sin tarjeta | Ver precios |
Precios sin IVA (21 %), comprobados el 31 de octubre de 2026 en las páginas oficiales de precios. "Al año" es el precio regular con pago anual cuando el programa lo ofrece; no incluye las ofertas de bienvenida. Cómo comparamos
Sin pagar nada hay dos caminos: la aplicación gratuita de la Agencia Tributaria, que no limita las facturas pero no emite tiques y no deja exportar los datos a otro programa, y el plan Básico de Contasimple, limitado a 12 documentos al año. Para volúmenes mayores, la comparativa completa muestra el precio para 300, 1.000 y 3.000 facturas.
Qué cambia en el día a día
- Las facturas llevan un código QR y la frase "Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT" (en la modalidad Verifactu).
- No se puede borrar una factura emitida: se anula con una factura rectificativa, como ya exigía el reglamento de facturación.
- El programa envía el registro de cada factura a la Agencia Tributaria. Los datos de IVA de los modelos 303 y 390 seguirán presentándose igual; la Agencia Tributaria ha anunciado que ofrecerá borradores con los registros recibidos, pero a 31 de octubre de 2026 esto no sustituye ninguna declaración.
- Las facturas simplificadas (tiques) también entran en el reglamento, pero la aplicación gratuita de la Agencia Tributaria no las emite.
Verifactu y la factura electrónica no son lo mismo
Verifactu regula el programa con el que se hace la factura. La factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece) regula el formato en que se envía al cliente cuando es otra empresa o autónomo: para los autónomos, desde el 6 de octubre de 2028. Un programa adaptado a Verifactu no tiene por qué emitir factura electrónica estructurada; los cinco de esta web declaran que harán ambas cosas.
Fechas según el Real Decreto-ley 15/2025 y la nota de la Agencia Tributaria, revisadas el 31 de octubre de 2026. El Ministerio de Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 su intención de aplazar la obligación a octubre de 2028; mientras no se publique en el BOE, siguen vigentes las fechas de 2027. Calendario completo