Calendario de Verifactu y de la factura electrónica

Todas las fechas en una página, con la norma que las fija y lo que cambia para usted. Revisado el 31 de octubre de 2026.

Lo que está en vigor

FechaQué pasaNorma
11 de julio de 2021Entra en vigor la ley antifraude que crea la obligación de usar programas de facturación que no permitan alterar facturas y las multas por incumplirla.Ley 11/2021, de 9 de julio (artículos 29.2.j y 201 bis de la Ley General Tributaria)
6 de diciembre de 2023Se publica el reglamento que detalla los requisitos: registros encadenados, huella, QR, modalidad Verifactu.Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre
28 de octubre de 2024Se publican las especificaciones técnicas: formato de los registros, cálculo de la huella, contenido del QR, envío a la Agencia Tributaria.Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre
2 de abril de 2025Se modifica el reglamento y se da a los fabricantes hasta el 29 de julio de 2025 para adaptar sus programas.Real Decreto 254/2025, de 1 de abril
29 de julio de 2025Los fabricantes deben ofrecer programas adaptados. Desde entonces se pueden enviar registros a la Agencia Tributaria de forma voluntaria.Real Decreto 254/2025
2 de diciembre de 2025Se aplazan las fechas de los obligados, que eran el 1 de enero de 2026 para sociedades y el 1 de julio de 2026 para el resto, a 2027.Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre

Lo que viene

FechaQué pasaNorma
1 de enero de 2027Sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) que usan un programa para facturar: el programa debe cumplir Verifactu.Real Decreto-ley 15/2025
1 de julio de 2027Autónomos, profesionales, entidades en atribución de rentas y resto de obligados.Real Decreto-ley 15/2025
6 de octubre de 2027Factura electrónica obligatoria entre empresas y autónomos para quienes facturan más de 8 millones de euros al año. Norma distinta de Verifactu.Ley 18/2022, Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026
6 de octubre de 2028Factura electrónica obligatoria para el resto de empresas y autónomos.Ley 18/2022, Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026

Lo anunciado, sin publicar

FechaQué pasaEstado
5 de octubre de 2026El Ministerio de Hacienda comunica que prevé aplazar la obligación de Verifactu a octubre de 2028, para que coincida con la segunda fase de la factura electrónica.Nota informativa; necesita un real decreto en el BOE
29 de noviembre de 2026Elecciones generales. Un Gobierno en funciones limita su gestión al despacho ordinario, salvo urgencia o interés general (artículo 21 de la Ley 50/1997), y el trámite de audiencia pública y Consejo de Estado lleva semanas.Sin relación directa con la norma, pero condiciona el plazo
Octubre de 2028Nueva fecha prevista para todos los obligados de Verifactu si el aplazamiento se publica.Anunciado, no publicado

Qué sabemos del aplazamiento a 2028 y qué pasa si no llega a tiempo.

Qué hacer en cada fecha

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la fecha límite de Verifactu para autónomos?
El 1 de julio de 2027 según el Real Decreto-ley 15/2025. Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que prevé moverla a octubre de 2028, pero el cambio no está publicado en el BOE a 31 de octubre de 2026.
¿Y para sociedades?
El 1 de enero de 2027, también pendiente del aplazamiento anunciado.
¿Puedo usar Verifactu ya?
Sí. Los programas están adaptados desde el 29 de julio de 2025 y el envío de registros está abierto. Hasta que la obligación entre en vigor es un periodo de pruebas: según la Agencia Tributaria se puede dejar de enviar y cambiar de programa en cualquier momento. La obligación de mantenerse en la modalidad Verifactu hasta final del año natural solo se aplica una vez obligado.
¿Las fechas de la factura electrónica son las mismas?
No. La factura electrónica entre empresas tiene su propio calendario: 6 de octubre de 2027 para quienes facturan más de 8 millones de euros y 6 de octubre de 2028 para el resto. Hacienda quiere alinear Verifactu con esa segunda fecha.

Fuentes