Lo que está en vigor
| Fecha | Qué pasa | Norma |
|---|---|---|
| 11 de julio de 2021 | Entra en vigor la ley antifraude que crea la obligación de usar programas de facturación que no permitan alterar facturas y las multas por incumplirla. | Ley 11/2021, de 9 de julio (artículos 29.2.j y 201 bis de la Ley General Tributaria) |
| 6 de diciembre de 2023 | Se publica el reglamento que detalla los requisitos: registros encadenados, huella, QR, modalidad Verifactu. | Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre |
| 28 de octubre de 2024 | Se publican las especificaciones técnicas: formato de los registros, cálculo de la huella, contenido del QR, envío a la Agencia Tributaria. | Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre |
| 2 de abril de 2025 | Se modifica el reglamento y se da a los fabricantes hasta el 29 de julio de 2025 para adaptar sus programas. | Real Decreto 254/2025, de 1 de abril |
| 29 de julio de 2025 | Los fabricantes deben ofrecer programas adaptados. Desde entonces se pueden enviar registros a la Agencia Tributaria de forma voluntaria. | Real Decreto 254/2025 |
| 2 de diciembre de 2025 | Se aplazan las fechas de los obligados, que eran el 1 de enero de 2026 para sociedades y el 1 de julio de 2026 para el resto, a 2027. | Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre |
Lo que viene
| Fecha | Qué pasa | Norma |
|---|---|---|
| 1 de enero de 2027 | Sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) que usan un programa para facturar: el programa debe cumplir Verifactu. | Real Decreto-ley 15/2025 |
| 1 de julio de 2027 | Autónomos, profesionales, entidades en atribución de rentas y resto de obligados. | Real Decreto-ley 15/2025 |
| 6 de octubre de 2027 | Factura electrónica obligatoria entre empresas y autónomos para quienes facturan más de 8 millones de euros al año. Norma distinta de Verifactu. | Ley 18/2022, Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026 |
| 6 de octubre de 2028 | Factura electrónica obligatoria para el resto de empresas y autónomos. | Ley 18/2022, Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026 |
Lo anunciado, sin publicar
| Fecha | Qué pasa | Estado |
|---|---|---|
| 5 de octubre de 2026 | El Ministerio de Hacienda comunica que prevé aplazar la obligación de Verifactu a octubre de 2028, para que coincida con la segunda fase de la factura electrónica. | Nota informativa; necesita un real decreto en el BOE |
| 29 de noviembre de 2026 | Elecciones generales. Un Gobierno en funciones limita su gestión al despacho ordinario, salvo urgencia o interés general (artículo 21 de la Ley 50/1997), y el trámite de audiencia pública y Consejo de Estado lleva semanas. | Sin relación directa con la norma, pero condiciona el plazo |
| Octubre de 2028 | Nueva fecha prevista para todos los obligados de Verifactu si el aplazamiento se publica. | Anunciado, no publicado |
Qué sabemos del aplazamiento a 2028 y qué pasa si no llega a tiempo.
Qué hacer en cada fecha
- Ahora. Saber si está obligado: usa un programa para facturar, no está en el SII y tiene el domicilio fiscal fuera del País Vasco y Navarra. A quién obliga.
- Antes del 1 de enero de 2027 (sociedades) o del 1 de julio de 2027 (autónomos). Tener un programa adaptado, salvo que el aplazamiento se publique antes. Como los programas ya cumplen, cambiar antes no tiene coste añadido: calcule qué plan necesita.
- Antes del 6 de octubre de 2027 o 2028. Poder emitir y recibir facturas electrónicas estructuradas con otras empresas. Compruebe que su programa las incluya o lo tenga previsto. Qué exige la factura electrónica.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la fecha límite de Verifactu para autónomos?
El 1 de julio de 2027 según el Real Decreto-ley 15/2025. Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que prevé moverla a octubre de 2028, pero el cambio no está publicado en el BOE a 31 de octubre de 2026.
¿Y para sociedades?
El 1 de enero de 2027, también pendiente del aplazamiento anunciado.
¿Puedo usar Verifactu ya?
Sí. Los programas están adaptados desde el 29 de julio de 2025 y el envío de registros está abierto. Hasta que la obligación entre en vigor es un periodo de pruebas: según la Agencia Tributaria se puede dejar de enviar y cambiar de programa en cualquier momento. La obligación de mantenerse en la modalidad Verifactu hasta final del año natural solo se aplica una vez obligado.
¿Las fechas de la factura electrónica son las mismas?
No. La factura electrónica entre empresas tiene su propio calendario: 6 de octubre de 2027 para quienes facturan más de 8 millones de euros y 6 de octubre de 2028 para el resto. Hacienda quiere alinear Verifactu con esa segunda fecha.
Fuentes
- Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y Real Decreto 254/2025, de 1 de abril.
- Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.
- Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre.
- Ley 18/2022, de 28 de septiembre; Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026 (BOE de 5 de octubre de 2026).
- Nota informativa del Ministerio de Hacienda de 5 de octubre de 2026.